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Redactar los acuerdos del TMEC será un reto

Redactar los acuerdos del TMEC será un reto

Antes de viajar a la cumbre del G7 en Francia el mes pasado, el primer ministro canadiense, Mark Carney, fue enfático al señalar que las acciones emprendidas por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) buscan específicamente evitar alteraciones en la “arquitectura fundamental” del Acuerdo México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC). Su objetivo principal es impedir que los acuerdos negociados durante esta revisión sean posteriormente vetados, o incluso modificados, por el Congreso estadounidense.

Es crucial entender que la Constitución de Estados Unidos establece una dinámica diferente a las observadas en México y Canadá: en este país, el poder legislativo federal tiene la responsabilidad final sobre los tratados comerciales internacionales. Tanto la Cámara de Representantes como el Senado deben aprobar cualquier acuerdo negociado por el USTR, así como cualquier modificación a acuerdos previamente firmados. La única excepción son los ajustes mínimos que solo afectan la implementación o mejoran el cumplimiento de lo ya pactado.

Históricamente, los catorce tratados de libre comercio vigentes en Estados Unidos, incluyendo el T-MEC, se han negociado bajo un marco legal conocido como Trade Promotion Authority (TPA), previamente llamado la ley del “fast-track”. Esta normativa establece criterios concretos y plazos para las negociaciones que deben acordarse conjuntamente entre la Casa Blanca, los miembros del Congreso y los comités asesores pertenecientes al sector privado. La vigencia de este proceso está íntimamente ligada a cuánto tiempo se estime que durará el ciclo de negociación.

La TPA otorga al USTR la garantía ante las naciones negociadoras de que cualquier pacto alcanzado no sufrirá modificaciones durante la fase de ratificación en el Capitolio, siempre y cuando el Congreso considere haber logrado los objetivos establecidos mediante un consenso compartido con el sector empresarial antes de iniciar dichas tratativas.

Debido a que la revisión del T-MEC constituye un proceso sin precedentes en Estados Unidos, Trump decidió no solicitar una nueva TPA. Esta omisión le permitió mantener la posibilidad de introducir cambios de manera unilateral en los términos del acuerdo, sin necesidad de consultar a terceros o contar con el aval del Congreso.

Esta estrategia adquiere implicaciones geopolíticas significativas ante la posible toma de poder por parte de miembros demócratas en enero, quienes podrían extender el proceso de revisión hasta al menos 2029, cuando concluirá el segundo mandato presidencial de Trump.

Las negociaciones que se realizan bilateralmente facilitan al USTR argumentar ante los legisladores que las disponibilidades acordadas serán meros ajustes destinados a fortalecer la observancia del tratado por parte de México y Canadá. Por ello, estas adendas no serán consideradas cambios sustanciales, sino “side letters”, documentos vinculantes limitados únicamente entre las dos partes en cuestión.

Este razonamiento estratégico permite generar los escritos necesarios para corregir aquellas barreras no arancelarias implementadas por el gobierno mexicano durante la administración anterior, ya que dichas medidas constituyen violaciones directas al texto acordado. El caso de Canadá presenta particularidades distintas, como las restricciones estadounidenses a la exportación láctea, lo cual exige ajustes específicos en las cuotas previamente establecidas.

Por estas razones, elaborar los nuevos acuerdos entre México y Estados Unidos representa un reto formidable para asegurar que no se interpreten como una alteración de la esencia del texto contractual existente. Según fuentes con acceso a Washington D.C., quienes han revisado documentos presentados por el USTR a México desde el mes pasado, estos textos están redactados con minuciosidad legal extrema y parecen dejar cualquier espacio para modificaciones.

Además, ninguna de las fuentes consultadas, incluyendo aquellas que viajaron recientemente a la ciudad con Greer, ha tenido conocimiento de ninguna propuesta emanada por parte del gobierno mexicano en esta materia.

Cualquier tipo de negociación tiene temas centrales de discusión, como el acceso que USTR reclama sobre las reservas de litio y el grado exacto del compromiso adquirido. La redacción jurídica inicial se efectúa en inglés, donde existen variaciones lingüísticas que no tienen un equivalente directo en español; por ejemplo, la distinción entre el uso de “shall” y “will”. El enunciado “Mexico shall provide access to its lithium reserves” implica una obligación mucho mayor que lo que sugiere “Mexico will provide access to its lithium reserves”. Por esta razón, es imperativo que Ebrard cuente con asesoría especializada.

México no puede aceptar ningún texto propuesto por el USTR sin antes consultarlo exhaustivamente con las partes afectadas, dado que el T-MEC opera como un documento integral donde sus capítulos están intrínsecamente conectados. Es fundamental recordar la experiencia pasada durante la negociación del propio T-MEC, cuando funcionarios de la administración anterior no consultaron los cambios propuestos en el capítulo laboral y sufrieron consecuencias políticas significativas.