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ANAM aclara multas por errores en información comercial de mercancías

ANAM aclara multas por errores en información comercial de mercancías

La Agencia Nacional de Aduanas de México ha emitido una serie de precisiones acerca de las penalizaciones a las que se enfrentan las compañías cuando sus productos infringen las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con la información comercial.

Este pronunciamiento oficial surge a raíz de las modificaciones implementadas en el artículo 158 de la Ley Aduanera, las cuales fueron difundidas de manera oficial en el Diario Oficial de la Federación durante el pasado 19 de noviembre de 2025.

De acuerdo con la información proporcionada por la propia ANAM, en el momento en que una oficina aduanera identifica que un cargamento carece del cumplimiento adecuado de las NOM de información comercial, la primera medida aplicable consiste en un embargo de carácter precautorio.

A partir de ese instante procesal, la consecuencia punitiva variará de manera directa según las circunstancias particulares de cada caso de importación.

En el escenario de que la empresa importadora sea incapaz de comprobar la observancia de las regulaciones y restricciones no arancelarias correspondientes, los productos quedarán bajo la propiedad definitiva del fisco federal.

Aun así, la normativa contempla un margen de maniobra para el afectado, quien dispondrá de un plazo máximo de treinta días naturales posteriores a la notificación inicial del procedimiento administrativo aduanero para demostrar que sí cumple con estas directrices.

Por otro lado, la circunstancia cambia radicalmente si se comprueba que el producto en cuestión efectivamente cumple con la normativa técnica, pero el problema se limita exclusivamente a la ausencia de datos o a la presencia de información inexacta en su etiquetado.

Frente a este tipo de fallas menores, la entidad gubernamental procederá a fijar una sanción económica que oscilará entre el dos y el diez por ciento del valor comercial total de la mercancía objeto de revisión.

La institución destacó que el propósito fundamental de este lineamiento es instruir a sus diferentes dependencias operativas sobre la correcta aplicación de las recientes reformas legales, logrando así una distinción clara entre una falta grave a las regulaciones y los simples errores u omisiones de carácter informativo en las etiquetas.

Las personas interesadas en revisar a fondo los detalles de esta disposición pueden acceder al texto íntegro a través del documento oficial difundido por la propia dependencia aduanera.

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