¡Adiós a las altas retroactivas! IMSS endurece reglas de la Modalidad 40
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha emitido nuevas regulaciones para los afiliados que deseen unirse a la Modalidad 40, que se aplica a aquellos que han dejado de cotizar con un patrón laboral y buscan continuar realizando aportaciones para mejorar su situación pensional. Estas nuevas restricciones limitan el salario de cotización a la última remuneración registrada antes de abandonar el empleo, o a ese monto más una Unidad de Medida y Actualización (UMA). Las disposiciones entrarán en vigor el 22 de octubre de 2026.
Según el acuerdo del Consejo Técnico del IMSS, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de octubre, las nuevas incorporaciones se harán efectivas desde la fecha de presentación de la solicitud, lo que significa que ya no se podrán tramitar altas retroactivas. La Modalidad 40, formalmente conocida como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite a las personas que dejaron de cotizar con un patrón laboral continuar realizando aportaciones para sumar semanas cotizadas y mejorar el salario promedio para calcular su pensión, en conformidad con los requisitos legales aplicables.
Aparte del límite salarial y la eliminación de las altas retroactivas, el acuerdo establece que las nuevas inscripciones deben realizarse exclusivamente por medios digitales. Las personas que ya se encuentran inscritas conservarán las condiciones autorizadas hasta que concluya el periodo contratado, y el acuerdo prevé el reconocimiento de las semanas cotizadas y de los salarios efectivamente pagados para el cálculo de sus derechos pensionarios. El IMSS ha aclarado que la Modalidad 40 no desaparece, pero quienes busquen incorporarse después de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones deberán ajustarse a las condiciones establecidas en el acuerdo.
Ricardo Martínez Rojas, especialista en seguridad social, advirtió que las modificaciones podrían exceder las facultades del Consejo Técnico del IMSS, al considerar que un acuerdo administrativo no puede restringir derechos establecidos en la Ley del Seguro Social. Martínez Rojas explicó que la legislación contempla el cálculo de las pensiones por cesantía en edad avanzada y vejez con base en el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas, según las condiciones aplicables a cada asegurado. A su juicio, limitar el salario para las nuevas incorporaciones podría impedir que algunos trabajadores utilicen la Modalidad 40 para elevar su promedio salarial mediante aportaciones voluntarias. Sostuvo que cualquier modificación que restrinja derechos debe contar con el fundamento legal correspondiente.
El especialista también advirtió que aplicar las nuevas disposiciones en perjuicio de personas que ya cotizan bajo condiciones autorizadas podría abrir un debate sobre la retroactividad de la medida. Sin embargo, el acuerdo contempla que quienes ya están inscritos mantengan sus condiciones hasta concluir el periodo contratado. El acuerdo establece que el Instituto analizará durante los próximos seis meses el impacto financiero de la Modalidad 40 y, a partir de los resultados, elaborará una propuesta de modificación normativa que deberá someterse a consideración del Consejo Técnico. Martínez Rojas consideró que cualquier ajuste posterior deberá apegarse a la Ley del Seguro Social o acompañarse de las reformas legales necesarias.
La Coordinación de Afiliación del IMSS señaló que las medidas buscan fortalecer el funcionamiento de la modalidad y evitar prácticas de simulación laboral. El Instituto también prevé mejorar sus herramientas digitales para facilitar las inscripciones, las consultas y los pagos. Las nuevas disposiciones mantienen vigente la Modalidad 40, pero modifican las condiciones para quienes busquen incorporarse a partir de su entrada en vigor. Por ello, los trabajadores interesados deberán revisar los requisitos aplicables a su situación antes de iniciar el trámite.


