Pago triple en noviembre: ¿Qué adultos mayores pensionados lo podrán recibir?
El próximo noviembre podría ser un mes de ingresos extraordinarios para algunos adultos mayores en México, particularmente para pensionados y jubilados, ya que distintos depósitos podrían coincidir durante el mismo período, convirtiéndose en un pago triple.
Aunque este escenario de pagos distintos no se aplica a todas las personas de la tercera edad, ya que depende de los programas sociales a los que estén inscritos o si son pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), existen diferencias importantes en quién puede recibir cada recurso.
Para recibir el triple pago, dependerá de ciertos requisitos y llegarán divididos en distintas fechas. Uno de los casos corresponde a quienes participan en el programa de Vinculación Productiva del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), mediante el cual las personas mayores pueden incorporarse a actividades laborales en centros de trabajo.
Quienes consiguen un empleo mediante este esquema pueden obtener al menos 9,582 pesos mensuales (salario mínimo de 2026), dependiendo de las condiciones del trabajo realizado. Además, cuando una persona es contratada directamente por una empresa a través de este programa, puede tener derecho a las prestaciones laborales correspondientes, entre ellas el aguinaldo, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la relación laboral.
Este programa impulsa la integración de personas mayores al mercado laboral formal mediante convenios con empresas. Los empleos pueden ser por hora, por jornada, por proyecto o por servicios, y garantizan sueldo base, prestaciones de Ley: aguinaldo, vacaciones, reparto de utilidades, entre otras; y en algunos casos, beneficios superiores a los establecidos en la ley.
Además, este esquema contempla actividades voluntarias, como el Sistema de Empacado Voluntario de Mercancías, con el que se busca la inclusión social y la generación de ingresos complementarios. A los ingresos derivados de una actividad laboral puede sumarse el pago de la Pensión para Adultos Mayores, siempre que la persona también forme parte de este programa.
Por otro lado, aquellos mexicanos y mexicanas que cuenten con la Pensión del Bienestar Adultos Mayores no recibirán aguinaldo. La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, dirigida a personas de 65 años o más, mantiene un apoyo bimestral de 6 mil 400 pesos, beneficio que la Constitución reconoce como un derecho universal.
De esta manera, un adulto mayor que participe en Vinculación Productiva y además sea beneficiario de la pensión podría recibir ambos recursos, aunque se trata de apoyos con orígenes y condiciones diferentes. La posibilidad de acumular estos ingresos es precisamente lo que ha llamado la atención de cara a noviembre, un mes en el que muchas familias comienzan a prepararse para los gastos de fin de año.
Existe otro escenario para las personas que ya están jubiladas del IMSS o ISSSTE. En estos casos, noviembre coincide con movimientos relacionados con sus pensiones y, dependiendo del régimen, con el aguinaldo. El aguinaldo equivale a un mes de pensión en el caso de pensionados por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, de acuerdo a la ley vigente hasta el 30 de junio de 1997 (conocida como ley 73).
Aunque tradicionalmente el pago se realiza en diciembre, pensionados reciben el pago durante el mes de noviembre, ya que se les brinda durante el último pago del año. Para los pensionados del ISSSTE, el aguinaldo se entrega en dos partes. La primera parte se pagaría durante la primera quincena de noviembre y la segunda el 27 de noviembre, además del pago correspondiente a la pensión.
En el caso de los jubilados del IMSS, el pago de la pensión está señalado para el lunes 2 de noviembre. Además, quienes se pensionaron bajo la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73) también recibirían su aguinaldo. La fecha de pago varía según la legislación local, pero en muchos lugares se tiene que entregar antes del 20 de diciembre.
Para calcular correctamente la cantidad que recibirás en los próximos días, deberás tomar en cuenta estos dos elementos sumamente importantes: tu salario mensual y el tiempo que llevas en tu empleo. El aguinaldo es una gratificación anual que se paga a los trabajadores, generalmente al final del año, como parte de sus beneficios laborales.
En México, esta cantidad se calcula como el 15% de lo que el trabajador haya ganado durante el año o se paga en una única cuota. El objetivo del aguinaldo es reconocer y recompensar el esfuerzo de los trabajadores durante el año, además de ayudarles en las festividades de fin de año.
El aguinaldo aplica únicamente para los pensionados que cotizaron bajo la Ley del Seguro Social de 1973, es decir: personas que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y cumplieron con el mínimo de semanas cotizadas (500 semanas en la mayoría de los casos). Las modalidades de pensión de la Ley 73 que reciben esta prestación son: Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, Invalidez o Riesgo de Trabajo (Incapacidad Permanente) y Pensiones de Beneficiarios (Viudez, Orfandad y Ascendientes).
Por el contrario, quienes están bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1997, y que reciben su pensión a través de una Afore, no reciben aguinaldo. Esto se debe a que sus recursos provienen de cuentas individuales, y no del sistema solidario administrado por el IMSS. Si eres pensionado bajo la Ley 73 y el aguinaldo no aparece, lo mejor es verificar que datos bancarios estén actualizados, revisar movimientos bancarios desde el cajero automático o la app de tu banco y contactar directamente al IMSS o acudir a tu subdelegación más cercana.


