¿Qué puede recetar una enfermera? Estos son los medicamentos autorizados en el DOF
En México, las enfermeras y enfermeros licenciados tienen la capacidad de prescribir ciertos medicamentos siempre que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos por la Secretaría de Salud. Esta autorización se formalizó mediante un acuerdo publicado el 21 de octubre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que actualizó los lineamientos para la prescripción de medicamentos por parte del personal de enfermería. Antecedentes de esta medida se remontan a 2017, cuando se iniciaron las primeras normativas específicas para que los profesionales de enfermería pudieran prescribir medicamentos.
Según las disposiciones del DOF, se detalla una lista específica de medicamentos que pueden prescribirse. Estos se agrupan en diversas especialidades médicas, cada una con sus propias categorías y requisitos para la prescripción. Por ejemplo, en el área de analgesia se incluyen el ácido acetilsalicílico, el ibuprofeno, el metamizol sódico y el paracetamol. En cardiología, los medicamentos permitidos son amlodipino, apixabán, bisoprolol, candesartán, captopril, dapagliflozina, enalapril, espironolactona, hidralazina, labetalol, lisinopril, losartán, metildopa, metoprolol, nifedipino, ramipril, telmisartán, trinitrato de glicerilo y valsartán, entre otros.
En dermatología, el listado de medicamentos autorizados incluye aceite de almendras dulces, alantoína, benzoato de bencilo, betametasona, clioquinol, fluocinolona, hidroquinona, isoconazol, miconazol, óxido de zinc, permetrina y sulfadiazina de plata. En endocrinología y metabolismo, se permiten atorvastatina, bezafibrato, calcio, dapagliflozina, empagliflozina, ezetimiba, glibenclamida, glimepirida, insulina humana, levotiroxina, metformina, pravastatina, semaglutida, sitagliptina y rosuvastatina. En enfermedades infecciosas y parasitarias, los medicamentos autorizados incluyen albendazol, amoxicilina, amoxicilina con ácido clavulánico, ampicilina, bencilpenicilina procaínica, ciprofloxacino, dicloxacilina, doxiciclina, eritromicina, fosfomicina, levofloxacino, metronidazol, nistatina, nitrofurantoína y trimetoprima-sulfametoxazol.
En la gastroenterología, los medicamentos permitidos son aluminio, aluminio y magnesio, bismuto, butihilioscina, lactulosa, loperamida, metoclopramida, misoprostol, omeprazol, pantoprazol, polietilenglicol y senósidos A-B. En ginecología-obstetricia, se permite el uso de estrógenos conjugados, metronidazol, mifepristona, nistatina y nitrofural. En hematología, los medicamentos autorizados incluyen clopidogrel, enoxaparina, fitomenadiona, fumarato ferroso y sulfato ferroso. En nefrología y urología, se permiten la clortalidona, la espironolactona, la fenazopiridina, la furosemida y la hidroclorotiazida. En neumología, los medicamentos permitidos son ambroxol, beclometasona, benzonatato, bromhexina, dextrometorfano, salbutamol. En neurología, se incluyen el ácido valproico, la carbamazepina, la fenitoína y el valproato de magnesio. En oftalmología, los medicamentos autorizados son cloranfenicol oftálmico, eritromicina, hipromelosa y neomicina-polimixina B-gramicidina. En otorrinolaringología, se permite el uso de clorfenamina compuesta, difenidol y dimenhidrinato. En planificación familiar, se incluyen desogestrel y etinilestradiol, levonorgestrel, noretisterona y estradiol, noretisterona y etinilestradiol. En reumatología y traumatología, se permite el uso de alopurinol, betametasona, dexametasona, diclofenaco, ketoprofeno, meloxicam, naproxeno, piroxicam y sulindaco. En soluciones electrolíticas y sustitutos del plasma, se permite el uso de electrolitos orales. En nutriología, se incluyen ácido fólico, ácido ascórbico, complejo B, multivitaminas y minerales, piridoxina y vitamina E, vitamina A, C y D.
Es importante tener en cuenta que no todas estas medicaciones pueden prescribirse de la misma manera. La prescripción inicial o autónoma permite al personal de enfermería indicar determinados medicamentos con base en una valoración clínica, siempre que cumplan con las condiciones establecidas. La prescripción colaborativa requiere la participación de un profesional de medicina, conforme a los protocolos y condiciones establecidos. También existe la modalidad para Enfermería de Rol Ampliado o Enfermería de Práctica Avanzada (ERA/EPA).
Los medicamentos que no pueden ser recetados por enfermeras y enfermeros incluyen los de anestesia y oncología, así como en psiquiatría. En vacunas, toxoides, inmunoglobulinas y antitoxinas, su utilización se encuentra sujeta al Programa de Vacunación Universal.
Esta capacidad se limita a los establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud que proporcionen atención primaria a la salud. La posibilidad de prescribir busca fortalecer la atención primaria a la salud y aprovechar la preparación del personal de enfermería como parte del primer contacto con los pacientes.


